Negar la Ley Micaela es negar derechos

Politica
Fecha:19/01/2024Por:Laura Oszust

En el proyecto de la Ley Ómnibus presentado por el gobierno de Javier Milei se establece la modificación de la Ley Micaela, que fue creada luego del femicidio de Micaela García, una joven de 21 años militante feminista del Movimiento Evita asesinada en Gualeguay por Sebastián Wagner, un hombre que tenía antecedentes penales por abuso sexual, pero gozaba de libertad condicional dispuesta por el juez de ejecución penal Carlos Rossi, a pesar de que varios informes técnicos desaconsejaban su liberación. La misma tiene el objetivo de capacitar en perspectiva de género a todas las personas que integran todos los organismos del Estado para evitar casos de violencias y proteger a las mujeres. Esta modificación es fiel a la concepción que el Gobierno tiene sobre la temática de género, las desigualdades y violencias: negación de la problemática.

En principio se modifica el espíritu de la Ley que es capacitar en temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos los niveles del Estado. Este artículo se sustituye por capacitar en “violencia familiar” y “violencia contra la mujer”, lo cual atrasa el debate y el consenso conquistado de que la violencia de género se produce por asimetrías de poder, desigualdades sostenidas históricamente por estereotipos de género construidos social, económica y políticamente. La violencia de género es una problemática social, no individual ni del ámbito exclusivamente privado, ni tampoco, como dicen desde el Gobierno, “la violencia no tiene géneros”, sino no tendríamos a una mujer asesinada cada 28 horas.

Además, se intenta modificar a quiénes está dirigida la Ley. Pasan de tener obligación de capacitarse todo el personal estatal a comprender a las personas que se desempeñen en los organismos competentes en la materia. De esta manera, quedan afuera otras personas que intervienen en la elaboración y ejecución de las políticas públicas que no son concebidas como de “género”, pero que ineludiblemente afectan la vida de las mujeres. Porque, ¿es posible diferenciar qué áreas estatales afectan a las mujeres y cuáles no? Así, se dejaría de implementar la transversalización de la perspectiva de género en el Estado, herramienta clave para erradicar las violencias y no vulnerar derechos humanos.

Pero no sólo eso. Con esta modificación el gobierno de Milei acciona en contra de Convenciones y Tratados Internacionales a los que el país suscribe y tienen jerarquía constitucional. La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) establece qué es la discriminación contra la mujer, la cual implica la desigualdad de género, cuestión que este gobierno niega. Además, la CEDAW en su Artículo 2 establece que los Estados Partes se comprometen a: “Tomar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer practicada por cualesquiera personas, organizaciones o empresas”, y en su Artículo 5 dispone que “Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para:

a) Modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres”. Con la modificación de la Ley Micaela claramente estarían yendo en contra de lo dispuesto por la CEDAW.

Asimismo, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (Belem Do Pará) es aún más específica. En su Artículo 8 dispone que “los Estados Partes convienen en adoptar, en forma progresiva, medidas específicas, inclusive programas para:

c. fomentar la educación y capacitación del personal en la administración de justicia, policial y demás funcionarios encargados de la aplicación de la ley, así como del personal a cuyo cargo esté la aplicación de las políticas de prevención, sanción y eliminación de la violencia contra la mujer;

e. fomentar y apoyar programas de educación gubernamentales y del sector privado destinados a concientizar al público sobre los problemas relacionados con la violencia contra la mujer, los recursos legales y la reparación que corresponda”. Esta Convención también es atacada por el proyecto de Ley Ómnibus, porque centraliza la formación en género a áreas específicas, es decir, se sobreentiende que a aquellas que tengan en su nombre “género” o “mujer”.

Esto constituye un retroceso en materia de derechos de las mujeres y diversidades. Para transformar la realidad es necesario cambiar el paradigma patriarcal en toda la sociedad y en el Estado en conjunto.

¿Qué pasa con una mujer que va a denunciar a una comisaría no especializada? ¿Cómo se la protege de la violencia institucional que muchas veces la Policía ejerce tanto por desconocimiento como por machismo?

¿Qué pasa cuando una piba desaparece y por reproducir estereotipos un oficial manda a la mamá a esperar 48 horas o la indaga culpando a quien deberían estar buscando?

¿Qué pasa cuando un juez falla en contra de una víctima de violencia aduciendo que ella lo provocó?

Más aún, ¿qué pasará cuando no se piense en la necesidad de crear puestos de trabajo para mujeres y trans? ¿Qué pasará cuando ningún funcionario a cargo de hábitat pueda asociar la desigualdad en el acceso a la vivienda que viven mujeres y diversidades frente al acceso de varones?

¿Pensarán que es porque ellxs no se esforzaron lo suficiente? Que holgazanas que somos, y qué casualidad que seamos siempre las mismas las que menos tenemos, no?

Durante las exposiciones en las comisiones el Secretario de Niñez y Familia, Pablo de la Torre, dijo que la Ley Micaela “es noble, pero que no ha dado resultado” y que “hay que poner el dinero donde corresponde”. Queda claro que no la ven. Sí, existe la pobreza y entre las más pobres estamos las mujeres y diversidades. Para ponerlo en números, según el INDEC en el tercer trimestre de 2023 la brecha de género en el ingreso fue de 22,6% en detrimento de las mujeres. En cuanto al acceso al trabajo, según la Dirección Nacional de Economía, Igualdad y Género Del Ministerio de Economía de la Nación en el 2do trimestre del 2022, la brecha en la tasa de empleo fue de 18,2 puntos porcentuales, o sea, la tasa de empleo para los varones fue de 65,9% y de las mujeres 47,7%. Al mismo tiempo, un factor que influye en la desigualdad de género es el de la distribución desigual de las tareas de cuidado y trabajo doméstico no remunerado. De acuerdo a la Encuesta Nacional de Uso del tiempo de 2021 (INDEC), las mujeres dedican en promedio 6:31 horas al Trabajo No Remunerado, mientras que los varones solo le dedican 3:40 horas. Esta desigualdad, sostenida por históricos estereotipos de género, multiplica otras desigualdades, como el acceso al empleo, la educación y a puestos mejores pagos, es decir que vulnera los derechos humanos. Pero no la ven. O no la quieren ver.

Néstor “Yuyo” García, padre de Micaela, integrante de la Fundación Micaela García e impulsor de la Ley, expresó durante su exposición en el Congreso: “No sé si la Ley Micaela es una ley noble, lo que sé es que es una ley transformadora”.

En definitiva, a quiénes les hace falta hacer la capacitación de la Ley Micaela es a quienes la quieren destruir.